Resolución N.° 60-2017-JUS/CN

17 de mayo de 2017

La carta notarial que le fue remitida al quejado, no se adjuntó copia de los documentos cuya legalización se cuestiona, ni tampoco el quejoso presentó algún documento que acredite que haya remitido los originales y copias certificadas de los documentos al que hace referencia, a fin de que el notario quejado pueda corroborar si en efecto se realizó la certificación de la fotocopia del contrato de alquiler. De otro lado, debe precisarse que al tener el documento que se cuestiona, naturaleza extra protocolar, el notario solo podría verificar si la reproducción de dicho documento ha sido legalizado o certificado en su notaría con vista a su original, máxime si las copias son susceptibles de adulteraciones , en tal sentido, solo con vita al original podría exigirse al notario que se pronuncie sobre la autenticidad de su firma. En consecuencia, no se observa que el notario haya incurrido en infracción alguna a las normas que regulan la función notarial.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2017

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