Resolución N.° 50-2017-JUS/CN

3 de mayo de 2017

El hecho denunciado y probado se enmarca en el ámbito de la vida personal del notario que sin ser de naturaleza penal, conlleva a una infracción administrativa y causa un desmerecimiento del cargo por cuanto la conducta de la persona de notario no puede desviarse del cargo que ostenta, el cual debe ser dignificado ante la sociedad y el Estado. En ese sentido se ha verificado que el notario ha cometido un hecho grave, que sin ser delito lo desmerece en el concepto público por afectar la moral, la ética y/o el orden público.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2017

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