Resolución N.° 31-2017-JUS/CN

23 de marzo de 2017

Se declara prescrita la acción disciplinaria, conforme al artículo 154 del Decreto Legislativo N° 1049, Decreto Legislativo del Notariado, que establece que la acción disciplinaria prescribe a los 5 años contados desde el día en que se cometió la presunta infracción, supuesto que concurre en el presente caso.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2017

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