Resolución N.° 010304992019

23 de agosto de 2019

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00572-2019-JUS/TTAI P de fecha 5 de agosto de 2019, interpuesto por VICTOR RAÚL VIGO NEIRA contra el Oficio Nº 10445-2018-GOB-REG-PIURA-DREP-DOADM-RAI de fecha 7 de diciembre de 2018, mediante el cual la DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN DE PIURA denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente con fecha 22 de noviembre de 2018.

Con fecha 22 de noviembre de 2018, el recurrente en ejercicio de su derecho de / acceso a la información pública, solicitó a la entidad copias fedateadas de: las órdenes de servicio y bienes correspondiente a los años 2016 al 2018, agregando:el recurrente "desde enero hasta la fecha", con sus respectivos términos de referencia ,
conformidades y cotizaciones; y, ii) las guías de ingreso y salida de los bienes comprados durante los periodos solicitados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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