Resolución N.° 010304732019
19 de agosto de 2019
VISTO el Expediente de Apelación N° 00534-2019-JUS/TTAIP de fecha 25 de julio de 2019, interpuesto por NELL Y DEL PILAR HOBÁN MUÑOZ, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA con Registro Nº 61601 de fecha 26 de junio de 2019.
Con fecha 26 de junio de 2019 la recurrente solicitó a la entidad el Informe de Ocurrencia de Serenazgo correspondiente al día 22 de agosto de 2017 entre las 10:00 a.m. y 11 :00 a.m. aproximadamente, en virtud a que la señora Leylde Bazán Zamora, secretaria de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, habría agredido verbalmente a su esposo, y la misma habría referido que el Serenazgo no pudo asistir a brindar apoyo frente a la agresión porque se encontraba ocupado atendiendo un accidente.
Con fecha 26 de junio de 2019 la recurrente solicitó a la entidad el Informe de Ocurrencia de Serenazgo correspondiente al día 22 de agosto de 2017 entre las 10:00 a.m. y 11 :00 a.m. aproximadamente, en virtud a que la señora Leylde Bazán Zamora, secretaria de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y
Saneamiento, habría agredido verbalmente a su esposo, y la misma habría referido que el Serenazgo no pudo asistir a brindar apoyo frente a la agresión porque se encontraba ocupado atendiendo un accidente.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala