Resolución N.° 62-2016-JUS/CN
30 de setiembre de 2016
Habiéndose corroborado que el solicitante del desistimiento cuenta con las facultades necesarias para pedirla, toda vez que tiene el cargo de gerente general; asimismo, no se acredita la existencia de terceros a quienes afecte la conclusión de los hechos denunciados por aceptación del referido pedido; en consecuencia, se declara procedente la solicitud de desistimiento.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2016