Resolución N.° 27-2016-JUS/CN

17 de mayo de 2016

Se declara prescrita la acción disciplinaria, al considerar que de acuerdo al artículo 154 del Decreto Legislativo N° 1049, la acción disciplinaria prescribe a los 5 años contados desde el día en que se cometió la presunta infracción, siempre que no se haya confirmado ningún supuesto de suspensión.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2016

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