Resolución N.° 13-2016-JUS/CN

10 de marzo de 2016

Se resuelve declarar infundado el recurso de apelación planteado contra la resolución que resolvió no abrir procedimiento disciplinario contra el notario, por no haberse acreditado la comisión de irregularidad funcional alguna, al considerar que el notario si contó con la solicitud que cumplía con los requisitos que alude al inciso a) del artículo 57 del Decreto Legislativo N° 1049, considerándose que la minuta suscrita aparentemente por todos los intervinientes y autorizada por el abogado, se encontraba amparada por el principio de presunción de veracidad a la que refiere el Inciso 1.7 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, según el cual se presume que los documentos presentados y las declaraciones formuladas por los administrados en la forma prescrita por la ley, responden a la verdad de los hechos que en ellos se afirman.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2016

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