Resolución N.° 010304522019
14 de agosto de 2019
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00476-2019-JUS/TTAIP de fecha 17 de julio de 2019, interpuesto por Fernando Javier Ballón Estado en representación de BAC PETROL S.A.C contra la Carta Nº 0999-2019/GEG-SAC notificada el 2 de julio de 2019, mediante la cual el INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada el 18 de junio de 2019.
Mediante escrito presentado el 18 de junio de 2019, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad le brinde información de los procesos judiciales a los que se refiere la Gerencia Legal en su Carta N° 0845-2019/GEG-SAC, donde está incluido el Informe Legal encargado por
el INDECOPI en el marco de los servicios prestados como consecuencia de la Orden de Servicio No 472 SIAF 1448, del 8 de marzo de 2019, ascendiente a la suma de SI 32,000.00, concretamente número de expediente, juzgado correspondiente, partes del proceso, pretensiones alegadas por los demandantes, asunto o materia, entre otros datos que resulten relevantes para conocer adecuadamente los referidos procesos.
Mediante escrito presentado el 18 de junio de 2019, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad le brinde información de los procesos judiciales a los que se refiere la Gerencia Legal en su Carta N° 0845-2019/GEG-SAC, donde está incluido el Informe Legal encargado por
el INDECOPI en el marco de los servicios prestados como consecuencia de la Orden de Servicio No 472 SIAF 1448, del 8 de marzo de 2019, ascendiente a la suma de SI 32,000.00, concretamente número de expediente, juzgado correspondiente, partes del proceso, pretensiones alegadas por los demandantes, asunto o materia, entre otros datos que resulten relevantes para conocer adecuadamente los referidos procesos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala