Resolución N.° 010304482019

12 de agosto de 2019

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00463-2019-JUS/TTAIP de fecha 12 de julio de 2019, interpuesto por WILBERT GUEVARA QUISPE contra la Carta N° 008-2019-GRCUSCO-DRSC/UE410-HQ/DE, notificada el 1 de julio de 2019, mediante la cual la UNIDAD EJECUTORA 410 HOSPITAL DE QUILLABAMBA denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada el 26 de junio de 2019.

Con fecha 26 de junio de 2019, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad información del médico Noé Cabrera Oblitas respecto a lo siguiente:

~ Detalles de su plaza de nombramiento.
~ Copia del documento (contrato o convenio) por medio del cual éste se
encuentra laborando en el Hospital de Quillabamba.
~ Su rol de programación de turnos del mes de junio de 2019.
~ Copia del documento que sustentaría que dicho profesional sólo desempeña 15 días de labor en el citado nosocomio.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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