Resolución N.° 010303042019
24 de junio de 2019
VISTO el Expediente d~ Apelación No 00345-2019-JUS/TTAIP de fecha 5 de junio de 2019, interpuesto por Ricardo David Yepez Calderón, en representación de LIMAGAS NATURAL PERÚ S.A., contra la Carta N° 0054-2019/MEM-SG-OADAC, que contiene el Informe Legal No 095-2019-MEM/DGH-DNH, notificados el 23 de mayo de 2019, mediante los cuales el MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 1 O de mayo de 2019.
La recurrente solicitó todas las opiniones y/o sugerencias y/o comentarios realizados al Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Comercialización de Gas Natural Comprimido (GNC) y Gas Natural Licuefactado (GNL), aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2008-EM, y su exposición de motivos, realizado a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad.
La recurrente solicitó todas las opiniones y/o sugerencias y/o comentarios realizados al Proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Comercialización de Gas Natural Comprimido (GNC) y Gas Natural Licuefactado (GNL), aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2008-EM, y su exposición de motivos, realizado a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala