Resolución N.° 010303032019

24 de junio de 2019

VISTO el Expediente de Apelación No 00339-2019-JUS/TTAIP de fecha 4 de junio de 2019, interpuesto por el ciudadano JUAN RAMOS PAIVA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE AMOTAPE con fecha 22 de marzo de 2019.
El recurrente, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad una copia fedateada de las acciones que iniciadas a fin que los sentenciados mediante la Resolución Nº 16 emitida por el Juzgado Penal Unipersonal de Paita devuelvan lo indebidamente apropiado; asimismo, requirió copias fedateadas de la documentación correspondiente al periodo 2019 respecto de, la relación de contrataciones efectuadas por la entidad; los ingresos provenientes del alquiler de vehículos, maquinarias y equipos, así como por servicios funerarios y cementerio, reconocimiento de carnes y otros, limpieza pública y parques y jardines; la documentación que acredite los ingresos por explotación minera; el expediente completo para la adquisición complementaria de insumos del vaso de leche; la documentación que acredite el ingreso de combustible a los almacenes de la municipalidad; el plan de trabajo de la Comisión de Infraestructura Local y Desarrollo Urbano; y, el Cuadro de Asignación de Personal CAP.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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