Resolución N.° 69-2015-JUS/CN

14 de diciembre de 2015

La muerte de la persona natural ocasiona la conclusión del procedimiento sancionador al perseguir intereses estrictamente personales. En ese sentido, el fallecimiento del Notario imposibilita la prosecución del procedimiento en virtud a que el objeto del mismo es la de determinar la medida disciplinaria aplicable o su absolución.

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