Resolución N.° 65-2015-JUS/CN
13 de noviembre de 2015
Resulta infundado el recurso de queja por denegatoria de recurso de apelación, al haberse comprobado que la resolución que concede este recurso, fue notificada válidamente a la quejosa.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2015