Resolución N.° 04-2015-JUS/CN

26 de enero de 2015

El Tribunal de Honor, como órgano de primera instancia respecto a los procedimientos disciplinarios notariales, no se encuentra facultado para imponer recursos administrativos contra las resoluciones del Consejo del Notariado, pues carece de derecho o interés legítimo.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2015

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