Resolución N.° 04-2015-JUS/CN
26 de enero de 2015
El Tribunal de Honor, como órgano de primera instancia respecto a los procedimientos disciplinarios notariales, no se encuentra facultado para imponer recursos administrativos contra las resoluciones del Consejo del Notariado, pues carece de derecho o interés legítimo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2015