Resolución N.° 01-2015-JUS/CN

19 de enero de 2015

El Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto Legislativo del Notariado, no prevé el traslado de un Notario a otra plaza notarial; por lo que, si pretende acceder a una plaza distinta de la que ocupa, deberá postular a un concurso público de méritos. Asimismo, ha de tenerse en cuenta que la petición de traslado por unidad familiar, no es consecuencia de un acto de imposición de la autoridad notarial o de una decisión unilateral de esta, sino más bien a la libre y voluntaria elección del postulante.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2015

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