Resolución N.° 21-2013-JUS/CN

16 de setiembre de 2013

Considerando que los hechos denunciados ocurrieron 25 de junio de 2007, y que la fecha de interposición de la queja fue el 27 de abril de 2012, se advierte que ha pasado más de tres años desde el día en que se cometió la falta, en consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 159 del Decreto Ley N° 26002, la acción disciplinaria ha prescrito.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2013

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