Resolución N.° 04-2013-JUS/CN

24 de junio de 2013

Si bien se ha dado fe pública de forma deliberada en la escritura pública de declaración de prescripción adquisitiva de dominio, en el sentido que no se formuló oposición contra el trámite de prescripción adquisitiva; se ha constatado que sí se formuló oposición contra dicho trámite, dentro del plazo legal establecido, hecho que amerita ser investigado, más aun si el notario afirmó que la afirmación deliberada obedeció al desistimiento de quien formuló la oposición.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2013

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