Resolución N.° 033-2012-JUS/CN

27 de diciembre de 2012

El notario certificará firmas en documentos privados cuando le hayan sido suscritos en su presencia. Asimismo, el estado de salud físico del quejoso no demuestra que haya padecido de incapacidad de ejercicio en el momento de la celebración del contrato, más aún si posteriormente ha iniciado y proseguido procedimiento administrativo y procesos judiciales en los ámbitos civil y penal.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2012

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