Resolución N.° 025-2012-JUS/CN
27 de diciembre de 2012
No forman parte de los extremos de la fe pública notarial, en la extensión de un instrumento público protocolar, los datos adicionales a modo de referencia, como son el estado civil, domicilio, profesión u ocupación; datos personales que obtuvo el notario de lo manifestado por los otorgantes y/o de los documentos presentados por ellos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2012