Resolución N.° 09-2012-JUS/CN
23 de enero de 2012
La resolución recurrida no se encuentra debidamente motivada, por lo cual es necesario que la Junta Directiva emita un nuevo pronunciamiento respecto a la queja presentada. En tal sentido, este Consejo del Notariado se encuentra impedido de pronunciarse sobre el fondo del asunto.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones del Consejo del Notariado 2012