Resolución N.° 010301942019

8 de mayo de 2019

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00156-2019-JUS/TTAIP de fecha 8 de abril de 2019, interpuesto por el ciudadano VICTOR RÁUL ZAVALETA MEZA, contra el Oficio Nº 201-2019-DICONl-UAC de fecha 19 de marzo de 2019, mediante el cual la UNIVERSIDAD ANDINA DEL CUSCO denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada por el recurrente el 7 de marzo de 2019.

Con fecha 7 de marzo de 2019, el recurrente en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad , copia de un convenio de Practicas PreProfesionales correspondiente al año 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019 de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Andina de Cusco suscrito con el Poder Judicial, o en su defecto algún convenio celebrado por cualquier facultad (incluida Derecho y Ciencias Políticas) con cualquier otra entidad pública o privada.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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