Resolución N.° 010301132019
27 de marzo de 2019
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00079-2019-JUS/TTAIP de fecha 5 de marzo de 2019, interpuesto por ROGELIO EVANGELISTA ALEJO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada a la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL DE ANGARAES, con
fecha 6 de febrero de 2019.
Con fecha 6 de febrero de 2019, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la Unidad de Gestión Educativa Local de Angaraes la siguiente información: a) Copias fedateadas de las resoluciones, contratos, Contratos Administrativos de Servicios (CAS) o de Servicios No Personales (SNP) por los servicios prestados por Carlos Candiotti Poma en los años 2011 y 2012. b) Copia fedateada del Manual de Organización y Funciones o documento similar, que orientó las funciones de Carlos Candiotti Poma en su condición de miembro de las comisiones de procesos administrativos disciplinarios en la entidad, o de no existir ningún documento, informen que no integró ninguna comisión. c) Copias fedateadas de las planillas de remuneraciones de los años 2011 y 2012, en las que consta la programación de las remuneraciones de Carlos Candiotti Poma.
fecha 6 de febrero de 2019.
Con fecha 6 de febrero de 2019, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la Unidad de Gestión Educativa Local de Angaraes la siguiente información: a) Copias fedateadas de las resoluciones, contratos, Contratos Administrativos de Servicios (CAS) o de Servicios No Personales (SNP) por los servicios prestados por Carlos Candiotti Poma en los años 2011 y 2012. b) Copia fedateada del Manual de Organización y Funciones o documento similar, que orientó las funciones de Carlos Candiotti Poma en su condición de miembro de las comisiones de procesos administrativos disciplinarios en la entidad, o de no existir ningún documento, informen que no integró ninguna comisión. c) Copias fedateadas de las planillas de remuneraciones de los años 2011 y 2012, en las que consta la programación de las remuneraciones de Carlos Candiotti Poma.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala