Resolución N.° 010300592019

26 de febrero de 2019

VISTO el Expediente de Apelación Nº 0400-2018-JUS/TTAIP de fecha 8 de noviembre de 2018, interpuesto por FERNANDO ARAUCO GRANADOS contra la Carta N° 000614-2014/SGEN/OAD/RENIEC, notificada el 2 de noviembre de 2018, emitida por el REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL, mediante la cual atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada el 10 de octubre de 2018 con Registro Nº 0584-2018.

Con fecha 1 O de octubre de 2018, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil el número de divorcios notariales inscritos en el año 2017 en el departamento de Lima. Mediante la Carta Nº 000614-2018/SGEN/OAD/RENIEC, notificada el 23 de octubre de 2018, la entidad le comunicó al recurrente que no contaba con la información especifica sobre los divorcios notariales y remitió una cifra que agrupa todos los divorcios generados, por trámite municipal, notarial y judicial, en el año 201 7, en el departamento de Lima.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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