Policía Nacional podrá investigar delitos por cuenta propia y agilizar diligencias preliminares
Nota de prensaNuevo Decreto Legislativo N° 1605 modifica 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal y fue aprobado en el marco de las facultades legislativas otorgadas al Ejecutivo.


Fotos: Mininter
21 de diciembre de 2023 - 2:00 p. m.
La Policía Nacional del Perú (PNP) podrá realizar, por iniciativa propia, las diligencias de investigación del delito que sean urgentes o inaplazables, y asumirá la estrategia operativa sin trasgredir las competencias fiscales.
Esto será posible gracias al Decreto Legislativo N° 1605, que modifica 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal, aprobado en el marco de las facultades legislativas otorgadas al Ejecutivo, con el objetivo de optimizar el marco legal que regula la investigación del delito y la intervención policial en el ámbito de sus respectivas competencias.
Con esta modificación, la PNP recuperará sus facultades para efectuar actos de investigación que formarán parte de las diligencias preliminares, permitiendo así optimizar y agilizar la investigación del delito en favor de la ciudadanía víctima de la delincuencia.
De esta forma, se revalidará su labor de investigación material u operativa, con miras a afianzar la lucha contra la inseguridad ciudadana y el crimen organizado.
Cabe precisar que esta facultad de investigación policial por propia iniciativa se realizará bajo la conducción jurídica del fiscal, permitiendo el trabajo articulado y dinámico entre el fiscal y la PNP, y respetando el ámbito funcional de cada uno de ellos.
La norma indica, además, que el Ministerio Público, bajo responsabilidad, remitirá a la PNP la disposición fiscal de inicio de diligencias preliminares en un plazo máximo de 24 horas, cuando se amenace la vida, la integridad o la libertad personal de la víctima.
El dispositivo, publicado en las Normas Legales de El Peruano, también establece la intervención de las comunicaciones y el levantamiento del secreto bancario en los casos con carácter de emergencia y cuando se amenace inminentemente la vida, la integridad o la libertad personal de la víctima.
Incluso el fiscal, por iniciativa propia o a solicitud de la PNP, requerirá la medida de levantamiento del secreto de las comunicaciones al juez penal, dentro de las 24 horas, bajo responsabilidad funcional.
Sobre el informe policial, se precisa que la PNP puede colocar las conclusiones de su investigación, además de la calificación del presunto delito y los grados de autoría y participación.
La referida norma legal, a propuesta del Ministerio del Interior, fue emitida por el Poder Ejecutivo, al amparo de las facultades delegadas por el Congreso de la República para poder legislar en materia de seguridad ciudadana.
Este nuevo marco normativo fortalecerá el sistema de administración de justicia en el Perú, mediante la adecuada distribución de roles de los operadores de justicia, y los dotará de herramientas eficaces para la lucha contra la inseguridad y el crimen organizado.
Con ello, en la práctica, mejorará la aplicación del Nuevo Código Procesal Penal y se tendrá en todo momento una respuesta más rápida, eficiente y articulada de los órganos de administración de justicia frente a la comisión de delitos en el ámbito nacional.
De igual manera, se consolidarán los roles del Ministerio Público y de la PNP, en relación con el proceso penal, especialmente en el marco de la investigación.