Establecen penas hasta de 15 años de prisión para quienes atenten contra propiedad pública y privada y causen muertes

Nota de prensa
Ejecutivo promulga decreto legislativo que agrava delito de disturbios, en el marco de facultades delegadas por el Congreso de la República.
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Fotos: Mininter

Oficina General de Comunicación Social e Imagen Institucional del Ministerio del Interior

4 de diciembre de 2023 - 6:51 p. m.

El Ejecutivo promulgó este lunes el Decreto Legislativo N.° 1589 que establece penas de hasta 15 años de prisión por el delito de disturbios, así como para quienes atenten contra la integridad y la vida de las personas o la propiedad pública o privada y colaboren en actos que entorpezcan o causen graves daños a las infraestructuras del país.  
 
La norma emitida por el Gobierno, en el marco de las facultades delegadas por el Congreso de la República en materia de seguridad ciudadana, tiene como finalidad proteger la integridad, bienestar y tranquilidad de los ciudadanos, los bienes públicos y privados, y la economía nacional, frente a las protestas que ocurran en el futuro. 
 
El nuevo decreto introduce modificaciones al Código Penal, especialmente en dos tipos penales: el delito de disturbios y el entorpecimiento a los servicios públicos. 
 
Agravantes en delito de disturbios
Al respecto, el delito de disturbios incluye como agravantes el daño a vías terrestres y fluviales; infraestructura portuaria; así como infraestructura para la generación y distribución de energía, para la extracción, procesamiento almacenamiento y distribución de hidrocarburos líquidos, gas natural, otros derivados de petróleo y recursos mineros.
 
También considera como agravantes si se afecta la infraestructura ferroviaria, aeroportuaria y las destinadas para el servicio de navegación aérea, además de la vinculada a los servicios de agua, saneamiento, salud pública, telecomunicaciones, sanidad agropecuaria e inocuidad agroalimentaria. 
 
Asimismo, infraestructura física y de tecnologías de la información del sistema satelital, registro civil, migratorio, registral, cartográfico, policial, militar, penitenciario, meteorológico, defensa civil, financiero y tributario; y bienes culturales muebles e inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación. En estos casos corresponderá una pena de cárcel no menor de diez años ni mayor de quince años.
 
Adicionalmente, la norma incorpora la tipificación del delito “de colaboración al delito de disturbios”, con penas de hasta seis años cuando el agente provea cualquier bien mueble, objeto o instrumento que coadyuve o facilite el delito de disturbios y cuando aporte recursos financieros o económicos para tal fin.
 
Si el atentado contra la integridad física de las personas causa lesiones graves, será reprimido con la pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de doce años y 365 a 600 días-multa. Si se ocasiona la muerte, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 15 años y 365 a 1000 días-multa.
 
Inhabilitación de funcionarios públicos
El citado decreto legislativo incorpora a los delitos de entorpecimiento a los servicios públicos y a disturbios, la inhabilitación para funcionarios públicos que participen en estos actos ilícitos. En estos casos, quedarían privados de la función, cargo o comisión que venían ejerciendo, así estos provengan de elección popular. De igual forma, serán objeto de suspensión de los derechos políticos, conforme lo señale la sentencia que se le imponga conforme a ley.
 
Entre diciembre del 2022 y marzo del 2023 ocurrieron 1347 manifestaciones sociales, más de un centenar de ellas violentas, que dejaron 58 muertes, 1426 heridos y S/ 2839 millones en pérdidas económicas, como consecuencia de 288 atentados a las infraestructuras públicas y privadas en varias regiones. Asimismo, se produjeron ataques a 41 dependencias policiales, la destrucción de tres unidades PNP y daños a 262 vehículos.
 
Con la aplicación de este nuevo decreto legislativo se reforzará la acción de la Policía Nacional, Ministerio Público y Poder Judicial y se llenará vacíos legales que pudieran generar impunidad.