Mininter: Requisitorias judiciales contra feminicidas y violadores no caducarán hasta su detención efectiva

Nota de prensa
Nuevo Decreto Legislativo fortalece el marco normativo para la persecución de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar
En el marco de la delegación de facultades en seguridad ciudadana, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N.° 1575 que modifica el artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de disponer que las requisitorias que dicta el Poder Judicial, no caduquen hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas, en los casos de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, así como los delitos de trata de personas y conexos.

El Ministerio del Interior informó que hasta antes de la modificación realizada, únicamente las requisitorias emitidas por los delitos de tráfico ilícito de drogas, espionaje y terrorismo no caducaban, hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas.  

Con la modificación realizada, se fortalece el marco normativo para garantizar la detención y enjuiciamiento de personas agresoras de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Actualmente, el procesamiento y sanción de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, se encuentran en la competencia del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ).

En tal sentido, establecer que las requisitorias dispuestas por los delitos del ámbito del SNEJ así como los delitos de trata de personas y conexos no caduquen hasta la efectiva detención de los requisitoriados, contribuirá a una mayor protección para las víctimas y a la lucha contra la impunidad en el marco de la seguridad ciudadana. 

Asimismo, permitirá que los agresores de estos graves delitos permanezcan en el Sistema de Recompensas del Ministerio del Interior y en la “Lista de los más buscados”, para coadyuvar a su efectiva detención.

La reforma normativa aprobada, garantizará la detención y enjuiciamiento de las personas agresoras en casos de violencia en el marco de los delitos de feminicidio, lesiones, violación sexual (y agravantes), actos contra el pudor en agravio de menores así como los delitos contra la dignidad humana. 

Incidencia delictiva

Los niveles de violencia contra las mujeres en nuestro país tienen alta incidencia, según señala la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Durante el año 2022, el 55.7% de las mujeres en edad fértil ha sido víctima de violencia alguna vez a lo largo de su vida, y el 8.6% de las mujeres han sido víctimas de violencia física y/o sexual en el último año (INEI, 2022). 

Además, durante el 2022, el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (AURORA), ha registrado 54,144 casos de niñas, niños y adolescentes atendidos a nivel nacional, de las cuales, según el tipo de violencia fueron: 299 económica, 19 262 psicológica, 14 716 física y 19 867 sexual. En el 15.3% (8 287) de casos, las víctimas fueron menores de 6 años. El 36.7% de casos estaba relacionado a violencia sexual; mientras que el 27.2% se registró con un nivel de riesgo severo. Este hecho evidencia que la violencia no solo es contra las mujeres sino también contra los integrantes del grupo familiar.

Asimismo, la trata de personas constituye una modalidad de violencia contra las mujeres, que también afecta en gran medida a niñas, niños y adolescentes, quienes además pueden ser víctimas de los delitos conexos que tienen como bien jurídico tutelado la dignidad humana.
En el marco de la delegación de facultades en seguridad ciudadana, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N.° 1575 que modifica el artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de disponer que las requisitorias que dicta el Poder Judicial, no caduquen hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas, en los casos de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, así como los delitos de trata de personas y conexos.

El Ministerio del Interior informó que hasta antes de la modificación realizada, únicamente las requisitorias emitidas por los delitos de tráfico ilícito de drogas, espionaje y terrorismo no caducaban, hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas.  

Con la modificación realizada, se fortalece el marco normativo para garantizar la detención y enjuiciamiento de personas agresoras de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Actualmente, el procesamiento y sanción de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, se encuentran en la competencia del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ).

En tal sentido, establecer que las requisitorias dispuestas por los delitos del ámbito del SNEJ así como los delitos de trata de personas y conexos no caduquen hasta la efectiva detención de los requisitoriados, contribuirá a una mayor protección para las víctimas y a la lucha contra la impunidad en el marco de la seguridad ciudadana. 

Asimismo, permitirá que los agresores de estos graves delitos permanezcan en el Sistema de Recompensas del Ministerio del Interior y en la “Lista de los más buscados”, para coadyuvar a su efectiva detención.

La reforma normativa aprobada, garantizará la detención y enjuiciamiento de las personas agresoras en casos de violencia en el marco de los delitos de feminicidio, lesiones, violación sexual (y agravantes), actos contra el pudor en agravio de menores así como los delitos contra la dignidad humana. 

Incidencia delictiva

Los niveles de violencia contra las mujeres en nuestro país tienen alta incidencia, según señala la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Durante el año 2022, el 55.7% de las mujeres en edad fértil ha sido víctima de violencia alguna vez a lo largo de su vida, y el 8.6% de las mujeres han sido víctimas de violencia física y/o sexual en el último año (INEI, 2022). 

Además, durante el 2022, el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (AURORA), ha registrado 54,144 casos de niñas, niños y adolescentes atendidos a nivel nacional, de las cuales, según el tipo de violencia fueron: 299 económica, 19 262 psicológica, 14 716 física y 19 867 sexual. En el 15.3% (8 287) de casos, las víctimas fueron menores de 6 años. El 36.7% de casos estaba relacionado a violencia sexual; mientras que el 27.2% se registró con un nivel de riesgo severo. Este hecho evidencia que la violencia no solo es contra las mujeres sino también contra los integrantes del grupo familiar.

Asimismo, la trata de personas constituye una modalidad de violencia contra las mujeres, que también afecta en gran medida a niñas, niños y adolescentes, quienes además pueden ser víctimas de los delitos conexos que tienen como bien jurídico tutelado la dignidad humana.
En el marco de la delegación de facultades en seguridad ciudadana, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N.° 1575 que modifica el artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de disponer que las requisitorias que dicta el Poder Judicial, no caduquen hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas, en los casos de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, así como los delitos de trata de personas y conexos.

El Ministerio del Interior informó que hasta antes de la modificación realizada, únicamente las requisitorias emitidas por los delitos de tráfico ilícito de drogas, espionaje y terrorismo no caducaban, hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas.  

Con la modificación realizada, se fortalece el marco normativo para garantizar la detención y enjuiciamiento de personas agresoras de mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Actualmente, el procesamiento y sanción de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, se encuentran en la competencia del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ).

En tal sentido, establecer que las requisitorias dispuestas por los delitos del ámbito del SNEJ así como los delitos de trata de personas y conexos no caduquen hasta la efectiva detención de los requisitoriados, contribuirá a una mayor protección para las víctimas y a la lucha contra la impunidad en el marco de la seguridad ciudadana. 

Asimismo, permitirá que los agresores de estos graves delitos permanezcan en el Sistema de Recompensas del Ministerio del Interior y en la “Lista de los más buscados”, para coadyuvar a su efectiva detención.

La reforma normativa aprobada, garantizará la detención y enjuiciamiento de las personas agresoras en casos de violencia en el marco de los delitos de feminicidio, lesiones, violación sexual (y agravantes), actos contra el pudor en agravio de menores así como los delitos contra la dignidad humana. 

Incidencia delictiva

Los niveles de violencia contra las mujeres en nuestro país tienen alta incidencia, según señala la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Durante el año 2022, el 55.7% de las mujeres en edad fértil ha sido víctima de violencia alguna vez a lo largo de su vida, y el 8.6% de las mujeres han sido víctimas de violencia física y/o sexual en el último año (INEI, 2022). 

Además, durante el 2022, el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (AURORA), ha registrado 54,144 casos de niñas, niños y adolescentes atendidos a nivel nacional, de las cuales, según el tipo de violencia fueron: 299 económica, 19 262 psicológica, 14 716 física y 19 867 sexual. En el 15.3% (8 287) de casos, las víctimas fueron menores de 6 años. El 36.7% de casos estaba relacionado a violencia sexual; mientras que el 27.2% se registró con un nivel de riesgo severo. Este hecho evidencia que la violencia no solo es contra las mujeres sino también contra los integrantes del grupo familiar.

Asimismo, la trata de personas constituye una modalidad de violencia contra las mujeres, que también afecta en gran medida a niñas, niños y adolescentes, quienes además pueden ser víctimas de los delitos conexos que tienen como bien jurídico tutelado la dignidad humana.

Fotos: Mininter

Oficina de Comunicación e Imagen Institucional del Ministerio del Interior

11 de octubre de 2023 - 7:15 a. m.

En el marco de la delegación de facultades en seguridad ciudadana, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Legislativo N.° 1575 que modifica el artículo 261 del Nuevo Código Procesal Penal, a fin de disponer que las requisitorias que dicta el Poder Judicial, no caduquen hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas, en los casos de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, así como los delitos de trata de personas y conexos.
 
El Ministerio del Interior informó que hasta antes de la modificación realizada, únicamente las requisitorias emitidas por los delitos de tráfico ilícito de drogas, espionaje y terrorismo no caducaban, hasta la efectiva detención de las personas requisitoriadas.  
 
Con la modificación realizada, se fortalece el marco normativo para garantizar la detención y enjuiciamiento de personas agresoras de mujeres, niñas, niños y adolescentes.
 
Actualmente, el procesamiento y sanción de los delitos de feminicidio, lesiones, violencia sexual y actos contra el pudor en agravio de menores de edad, se encuentran en la competencia del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ).
 
En tal sentido, establecer que las requisitorias dispuestas por los delitos del ámbito del SNEJ así como los delitos de trata de personas y conexos no caduquen hasta la efectiva detención de los requisitoriados, contribuirá a una mayor protección para las víctimas y a la lucha contra la impunidad en el marco de la seguridad ciudadana. 
 
Asimismo, permitirá que los agresores de estos graves delitos permanezcan en el Sistema de Recompensas del Ministerio del Interior y en la “Lista de los más buscados”, para coadyuvar a su efectiva detención.
 
La reforma normativa aprobada, garantizará la detención y enjuiciamiento de las personas agresoras en casos de violencia en el marco de los delitos de feminicidio, lesiones, violación sexual (y agravantes), actos contra el pudor en agravio de menores así como los delitos contra la dignidad humana. 
 
Incidencia delictiva
 
Los niveles de violencia contra las mujeres en nuestro país tienen alta incidencia, según señala la Encuesta Demográfica y de Salud Familiar (ENDES) del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). Durante el año 2022, el 55.7% de las mujeres en edad fértil ha sido víctima de violencia alguna vez a lo largo de su vida, y el 8.6% de las mujeres han sido víctimas de violencia física y/o sexual en el último año (INEI, 2022). 
 
Además, durante el 2022, el Programa Nacional para la Prevención y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (AURORA), ha registrado 54,144 casos de niñas, niños y adolescentes atendidos a nivel nacional, de las cuales, según el tipo de violencia fueron: 299 económica, 19 262 psicológica, 14 716 física y 19 867 sexual. En el 15.3% (8 287) de casos, las víctimas fueron menores de 6 años. El 36.7% de casos estaba relacionado a violencia sexual; mientras que el 27.2% se registró con un nivel de riesgo severo. Este hecho evidencia que la violencia no solo es contra las mujeres sino también contra los integrantes del grupo familiar.
 
Asimismo, la trata de personas constituye una modalidad de violencia contra las mujeres, que también afecta en gran medida a niñas, niños y adolescentes, quienes además pueden ser víctimas de los delitos conexos que tienen como bien jurídico tutelado la dignidad humana.