Implementan mecanismo de identificación de titularidades financieras para fortalecer la lucha contra el delito
Nota de prensaNueva herramienta permitirá a fiscales y unidades especializadas de la PNP confirmar, de forma ágil y segura, la existencia de cuentas en el sistema financiero.

Fotos: Mininter
14 de febrero de 2026 - 2:52 p. m.
Con la publicación del Decreto Legislativo N.º 1732 en el diario oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo oficializó la implementación del Mecanismo de Identificación de Titularidades Financieras, una herramienta estratégica orientada a fortalecer la lucha contra el lavado de activos, sus delitos precedentes —entre ellos la minería ilegal y la extorsión— y el financiamiento del terrorismo.
La medida fue impulsada por la Dirección General contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior y elaborada de manera articulada con el Grupo 5 “Investigación y Sanción” de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Contralaft), en el marco de los esfuerzos del Estado por consolidar una respuesta más eficaz frente a las economías ilícitas.
El mecanismo permitirá confirmar, de manera rápida y segura, si una persona natural o jurídica posee cuentas en el sistema financiero peruano. Esta verificación no implica el acceso a información protegida por el secreto bancario, como saldos, movimientos u operaciones, sino únicamente a la identificación de la titularidad. De esta forma, se reducirá significativamente la carga operativa asociada a solicitudes individualizadas de información y se optimizarán los tiempos de respuesta en investigaciones fiscales y policiales.
De acuerdo con la norma, podrán acceder al fichero el Ministerio Público, a través de fiscales designados, y la Policía Nacional del Perú, mediante los órganos especializados de la Dirección Nacional de Investigación Criminal, exclusivamente en el marco de investigaciones por lavado de activos, delitos precedentes o financiamiento del terrorismo.
La implementación, reglamentación y supervisión del adecuado funcionamiento del fichero estarán a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que cuenta con un plazo de 120 días calendario para aprobar el reglamento correspondiente.
Este mecanismo se alinea con los estándares internacionales en materia de prevención y combate del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, en concordancia con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que exigen que las autoridades competentes cuenten con acceso oportuno a información financiera en el desarrollo de investigaciones complejas.
Con esta norma, el Estado fortalece el sistema de justicia mediante herramientas modernas y eficaces, orientadas a afectar directamente las ganancias ilícitas de las organizaciones criminales y a adecuar la respuesta estatal a la dinámica de las investigaciones financieras contemporáneas.
La medida fue impulsada por la Dirección General contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior y elaborada de manera articulada con el Grupo 5 “Investigación y Sanción” de la Comisión Ejecutiva Multisectorial contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Contralaft), en el marco de los esfuerzos del Estado por consolidar una respuesta más eficaz frente a las economías ilícitas.
El mecanismo permitirá confirmar, de manera rápida y segura, si una persona natural o jurídica posee cuentas en el sistema financiero peruano. Esta verificación no implica el acceso a información protegida por el secreto bancario, como saldos, movimientos u operaciones, sino únicamente a la identificación de la titularidad. De esta forma, se reducirá significativamente la carga operativa asociada a solicitudes individualizadas de información y se optimizarán los tiempos de respuesta en investigaciones fiscales y policiales.
De acuerdo con la norma, podrán acceder al fichero el Ministerio Público, a través de fiscales designados, y la Policía Nacional del Perú, mediante los órganos especializados de la Dirección Nacional de Investigación Criminal, exclusivamente en el marco de investigaciones por lavado de activos, delitos precedentes o financiamiento del terrorismo.
La implementación, reglamentación y supervisión del adecuado funcionamiento del fichero estarán a cargo de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), que cuenta con un plazo de 120 días calendario para aprobar el reglamento correspondiente.
Este mecanismo se alinea con los estándares internacionales en materia de prevención y combate del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, en concordancia con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que exigen que las autoridades competentes cuenten con acceso oportuno a información financiera en el desarrollo de investigaciones complejas.
Con esta norma, el Estado fortalece el sistema de justicia mediante herramientas modernas y eficaces, orientadas a afectar directamente las ganancias ilícitas de las organizaciones criminales y a adecuar la respuesta estatal a la dinámica de las investigaciones financieras contemporáneas.