Se aprueba herramienta operativa para congelar fondos o activos provenientes de la extorsión
Nota de prensaCon ello, se bloqueará el flujo de dinero a las bandas y organizaciones criminales vinculadas a dicho delito.

20 de agosto de 2025 - 12:59 p. m.
Reafirmando el compromiso institucional que mantiene el Ministerio del Interior (Mininter) en la lucha contra la extorsión, se logró la aprobación de la Guía informativa para solicitar a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú) la aplicación de una medida de congelamiento administrativo de fondos o activos (CAF) por delito de extorsión.
El instrumento es el resultado de un esfuerzo conjunto entre la Policía Nacional del Perú (PNP), la UIF-Perú y la Dirección General Contra el Crimen Organizado, con la finalidad de bloquear el flujo de dinero a las bandas y organizaciones criminales vinculadas a ese delito.
Mediante el mencionado instrumento, la PNP fortalecerá sus competencias técnico-operativas en su capacidad de respuesta y lucha contra el crimen organizado, considerando el uso de instrumentos financieros preventivos que impidan el flujo de dinero a las bandas y organizaciones criminales vinculadas al delito de extorsión.
La guía informativa, aprobada por Resolución Ministerial n.° 1636-2025-IN, contempla que, durante la vigencia del referido congelamiento de activos estará prohibido el retiro, la transferencia, uso, conversión, disposición o movimiento de los fondos que se presumen provienen de acciones extorsivas.
Esta medida permite que las unidades especializadas de investigación criminal de la PNP, previo análisis de pertinencia, relevancia y con el debido sustento, puedan solicitar a la UIF-Perú el congelamiento preventivo de los activos presuntamente vinculados a las redes de extorsión, en coordinación con el Ministerio Público.
Asimismo, la norma dispone que el personal policial acreditado ante la UIF-Perú, como oficiales de enlace, tome conocimiento del formato de solicitud; así como, de los criterios por los que deberán requerir el congelamiento administrativo de fondos y activos, considerando la competencia territorial, orgánica u otro factor relevante.
El instrumento es el resultado de un esfuerzo conjunto entre la Policía Nacional del Perú (PNP), la UIF-Perú y la Dirección General Contra el Crimen Organizado, con la finalidad de bloquear el flujo de dinero a las bandas y organizaciones criminales vinculadas a ese delito.
Mediante el mencionado instrumento, la PNP fortalecerá sus competencias técnico-operativas en su capacidad de respuesta y lucha contra el crimen organizado, considerando el uso de instrumentos financieros preventivos que impidan el flujo de dinero a las bandas y organizaciones criminales vinculadas al delito de extorsión.
La guía informativa, aprobada por Resolución Ministerial n.° 1636-2025-IN, contempla que, durante la vigencia del referido congelamiento de activos estará prohibido el retiro, la transferencia, uso, conversión, disposición o movimiento de los fondos que se presumen provienen de acciones extorsivas.
Esta medida permite que las unidades especializadas de investigación criminal de la PNP, previo análisis de pertinencia, relevancia y con el debido sustento, puedan solicitar a la UIF-Perú el congelamiento preventivo de los activos presuntamente vinculados a las redes de extorsión, en coordinación con el Ministerio Público.
Asimismo, la norma dispone que el personal policial acreditado ante la UIF-Perú, como oficiales de enlace, tome conocimiento del formato de solicitud; así como, de los criterios por los que deberán requerir el congelamiento administrativo de fondos y activos, considerando la competencia territorial, orgánica u otro factor relevante.