Resolución Administrativa N.° 0496-2025-MINEM/CM
Resolución Administrativa N.° 496-2025-MINEM/CM
22 de agosto de 2025
SE RESUELVE:
PRIMERO: Declarar la nulidad de la Resolución N° 024-2011-MEM/CM, de fecha 10 de febrero de 2011, el Auto de Sala N° 010-2011-MEM/CM, de fecha 24 de febrero de 2011, ambos emitidos por el Consejo de Minería y de la Resolución Directoral N° 143-2010-MEM/DGM, de fecha 15 de julio de 2010, de la Dirección General de Minería.
SEGUNDO: La Dirección General de Minería deberá emitir pronunciamiento de fondo, a partir de la realización del informe de verificación, debiéndose correr traslado de los resultados de dicho informe de verificación a la administrada a efectos que presente sus respectivos descargos y haga valer su derecho de defensa y comunicar al Décimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrado de la Corte Superior de Justicia de Lima el cumplimiento del indicado mandato judicial.
TERCERO: Enviar una copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Energía y Minas para que informe al Décimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, las acciones tomadas por este colegiado sobre el incumplimiento del mandato judicial.
PRIMERO: Declarar la nulidad de la Resolución N° 024-2011-MEM/CM, de fecha 10 de febrero de 2011, el Auto de Sala N° 010-2011-MEM/CM, de fecha 24 de febrero de 2011, ambos emitidos por el Consejo de Minería y de la Resolución Directoral N° 143-2010-MEM/DGM, de fecha 15 de julio de 2010, de la Dirección General de Minería.
SEGUNDO: La Dirección General de Minería deberá emitir pronunciamiento de fondo, a partir de la realización del informe de verificación, debiéndose correr traslado de los resultados de dicho informe de verificación a la administrada a efectos que presente sus respectivos descargos y haga valer su derecho de defensa y comunicar al Décimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrado de la Corte Superior de Justicia de Lima el cumplimiento del indicado mandato judicial.
TERCERO: Enviar una copia de la presente resolución al Procurador Público del Ministerio de Energía y Minas para que informe al Décimo Cuarto Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima, las acciones tomadas por este colegiado sobre el incumplimiento del mandato judicial.