Auto Directoral N.° 471-2024/MINEM-DGAAM

11 de diciembre de 2024

Visto, el Informe N° 0939-2024/MINEM-DGAAM-DEAM-DGAM y el proveído que antecede, y estando conforme con lo indicado, OTÓRGUESE a Kartikay Peruvian Mining Company S.A.C., un plazo máximo de veinte (20) días hábiles, para que cumpla con ratifique su interés en la continuación del procedimiento, actualizando la información contenida en el Plan de Cierre de Minas de la unidad minera “Pachacútec” bajo apercibimiento de tenerse como NO PRESENTADO el procedimiento administrativo iniciado, conforme lo dispone el numeral 13.2 del artículo 13 del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2005-EM, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 014-2024-EM, Decreto Supremo que modifica del Reglamento para el Cierre de Minas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2005-EM.
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