Resolución Administrativa N.° 280-2024-MINEM/CM
21 de marzo de 2024
SE RESUELVE:
Rectificar el error material advertido en la Resolución N°806-2023-MINEM/CM, en donde se consigna erróneamente en primer lugar, en las partes de antecedentes, argumentos del pedido de la nulidad de oficio, cuestión controvertida y análisis de la cuestión controvertida, cuando dice: "(...) Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14833 (...)" debiendo decir "(...) Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14834 (...)"; en segundo lugar, en la conclusión y parte resolutiva, cuando se dice: "(...) debe declarar la nulidad de oficio de la resolución de fecha 29 de noviembre de 2022 del Director de Derecho de Vigencia del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico- INGEMMET y de los Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14833 (...)" debiendo decir "(...) debe declarar la nulidad de oficio de la resolución de fecha 18 de noviembre de 2022 del Director de Derecho de Vigencia del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico-INGEMMET y de los Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14834 (...)"
Rectificar el error material advertido en la Resolución N°806-2023-MINEM/CM, en donde se consigna erróneamente en primer lugar, en las partes de antecedentes, argumentos del pedido de la nulidad de oficio, cuestión controvertida y análisis de la cuestión controvertida, cuando dice: "(...) Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14833 (...)" debiendo decir "(...) Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14834 (...)"; en segundo lugar, en la conclusión y parte resolutiva, cuando se dice: "(...) debe declarar la nulidad de oficio de la resolución de fecha 29 de noviembre de 2022 del Director de Derecho de Vigencia del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico- INGEMMET y de los Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14833 (...)" debiendo decir "(...) debe declarar la nulidad de oficio de la resolución de fecha 18 de noviembre de 2022 del Director de Derecho de Vigencia del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico-INGEMMET y de los Certificados de Devolución N°14832, N°14833 y N°14834 (...)"