Resolución Directoral N.° 0104-2024-MINEM/OGA
31 de mayo de 2024
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- APROBAR, la baja de los registros patrimonial y contable en
el inventario de la Unidad Ejecutora N° 0185 MEM – Central Ministerio de Energía y
Minas de ciento diecinueve (119) bienes muebles patrimoniales del Ministerio de
Energía y Minas, por el valor neto total ascendente a S/ 158,989.74 (Ciento
Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Ochenta y Nueve con 74/100 Soles) al 30 de
abril del 2024, por la causal de “Obsolescencia técnica”, cuyas características
técnicas y valores contables están registrados en el Anexo que forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- ENCARGAR que la Oficina Financiera y la Oficina de
Abastecimiento y Servicios, respectivamente, den cumplimiento de las acciones
necesarias para que, de acuerdo a los procedimientos establecidos sobre la
materia, excluyan del registro patrimonial y contable los bienes cuya Baja se
aprueba
Artículo 3°.- NOTIFICAR, una copia de la presente Resolución a la Oficina
Financiera, a la Oficina de Abastecimiento y Servicios responsable de Control
Patrimonial del Ministerio de Energía y Minas, de conformidad con los dispositivos
legales vigentes.
Artículo 4°.- REMITIR, copia a la Dirección General de Abastecimiento del
Ministerio de Economía y Finanzas, la presente Resolución Directoral.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral
en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem).
Regístrese y Comuníquese
ANX: COMUNICADO 119
Artículo 1°.- APROBAR, la baja de los registros patrimonial y contable en
el inventario de la Unidad Ejecutora N° 0185 MEM – Central Ministerio de Energía y
Minas de ciento diecinueve (119) bienes muebles patrimoniales del Ministerio de
Energía y Minas, por el valor neto total ascendente a S/ 158,989.74 (Ciento
Cincuenta y Ocho Mil Novecientos Ochenta y Nueve con 74/100 Soles) al 30 de
abril del 2024, por la causal de “Obsolescencia técnica”, cuyas características
técnicas y valores contables están registrados en el Anexo que forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2°.- ENCARGAR que la Oficina Financiera y la Oficina de
Abastecimiento y Servicios, respectivamente, den cumplimiento de las acciones
necesarias para que, de acuerdo a los procedimientos establecidos sobre la
materia, excluyan del registro patrimonial y contable los bienes cuya Baja se
aprueba
Artículo 3°.- NOTIFICAR, una copia de la presente Resolución a la Oficina
Financiera, a la Oficina de Abastecimiento y Servicios responsable de Control
Patrimonial del Ministerio de Energía y Minas, de conformidad con los dispositivos
legales vigentes.
Artículo 4°.- REMITIR, copia a la Dirección General de Abastecimiento del
Ministerio de Economía y Finanzas, la presente Resolución Directoral.
Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral
en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem).
Regístrese y Comuníquese
ANX: COMUNICADO 119
Esta norma pertenece al compendio Bajas de Inmuebles Patrimoniales MINEM