Ley N.° 27624

Ley que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal para la exploración de hidrocarburos

8 de enero de 2002

 Las empresas que suscriban los Contratos o Convenios a que se refieren los Artículos 6 y 10 de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, tendrán derecho a la devolución definitiva del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal que paguen para la ejecución de las actividades directamente vinculadas a la exploración durante la fase de exploración de los Contratos y para la ejecución de los Convenios de evaluación técnica.

Esta norma pertenece al compendio Leyes de Hidrocarburos en el Perú

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