Decreto Supremo N.° 004-2003-EM
20 de febrero de 2003
Fíjese en 44% el Margen de Reserva a que se refiere el inciso e) del Artículo 112° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, para el período de un (1) año, que se iniciará el 1 de mayo del año 2003 y concluirá el 30 de abril del año 2004.
Esta norma pertenece al compendio Normas - Marco General Regulatorio del Sub Sector Electricidad