Decreto Supremo N.° 029-2002-EM
25 de setiembre de 2002
Para la aplicación del artículo 49° de la Ley de Concesiones Eléctricas, el Sistema Económicamente Adaptado, para atender las demandas servidas exclusivamente por instalaciones del Sistema Secundario de Transmisión, deberá ser determinado considerando, también, los siguientes criterios:
Esta norma pertenece al compendio Normas - Marco General Regulatorio del Sub Sector Electricidad