Decreto Supremo N.° 032-2001-PCM
29 de marzo de 2001
Precísese que las funciones reguladora y la normativa general señaladas en los literales b) y c) del numeral 3.1 del Artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, serán ejercidas exclusivamente por el Consejo Directivo del Organismo Regulador.
Esta norma pertenece al compendio Normas - Marco General Regulatorio del Sub Sector Electricidad