Decreto Supremo N.° 030-2001-EM
20 de junio de 2001
Precísase que las concesiones otorgadas y las servidumbres impuestas por el Ministerio de Energía y Minas para el desarrollo de actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica y transporte y distribución de hidrocarburos, están circunscritas a las actividades para las que fueron solicitadas y no confieren a sus titulares derecho alguno para el desarrollo de actividades colaterales con carácter comercial.
Esta norma pertenece al compendio Normas - Procedimientos