Decreto Legislativo N.° 668

Dictan medidas destinadas a garantizar la libertad de comercio exterior e interior como condición fundamental para el desarrollo del país

14 de setiembre de 1991

 El Estado garantiza la libertad de comercio exterior e interior como condición fundamental para lograr el desarrollo del país. 

Esta norma pertenece al compendio Normas - Promoción a la inversión

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D.L Nro 668

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