Resolución de Secretaría General N.° 020-2020-MINEM/SG

23 de marzo de 2020

Disponer que, en tanto dure el Estado de Emergencia dispuesto por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, precisado por Decreto Supremo N° 046-2020-PCM y normas ampliatorias o modificatorias, en caso corresponda, los locadores de servicios con los que el Ministerio de Energía y Minas hubiere suscrito contratos de prestación de servicios por montos menores o iguales a ocho (8) UIT, podrán remitir la presentacion de sus informes (entregables y/o prodcuto), a que se refiere el numeral 5.4.3 de la Directiva N° 01-2018-MEM/SEG, Disposiciones para efectuar contrataciones por montos iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) en el Ministerio de Energía y Minas, aprobada por Resolución Secretarial N° 018-2018-MEM/SEG, a través de correo electrónico dirigido al(a las) área(s) usuaria(s) correspondiente.

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