Resolución Viceministerial N.° 014-2020-MINEM-VMH
18 de marzo de 2020
Dispónese que, durante el plazo de la declaratoria de Emergencia Nacional dispuesta por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, los titulares de las Actividades de Hidrocarburos como explotación, procesamiento, transporte por ductos, de distribución de gas natural por red de ductos, entre otras; y de las Actividades de Comercialización de Hidrocarburos, a nivel nacional, deben activar y ejecutar los protocolos de seguridad destinados a salvaguardar la salud de su personal, contratistas y/o terceros.
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