Resolución Administrativa N.° 372-2023-MINEM/CM

4 de mayo de 2023

PRIMERO.- Declarar la nulidad de oficio de la resolución de fecha 19 de febrero de 2020, de la DGFM, que resuelve revocar la inscripción en el REINFO de los sujetos de formalización señalados en el numeral 3.1 del informe antes mencionado, entre ellos, LIDERJU S.A.C, por incumplimiento del literal a) del artículo 2 del Decreto Supremo N°001-2020-EM, al haber declarado en su inscripción ante SUNAT , desarrollar actividades mineras fuera del territorio nacional.

SEGUNDO.- Reponer la causa al estado en la que la DGFM, conforme a los considerandos de la presente resolución , evalúe nuevamente si la recurrente , de acuerdo a lo declarado en el REINFO, cumple con las condiciones establecidas en la ley para mantenerse en el REINFO, y esta se encuentre debidamente motivada y resuelta por ley.

TERCERO.- Sin objeto pronunciarse sobre el recurso de revisión interpuesto por la recurrente contra la Resolución de fecha 19 de febrero de 2020, de la DGFM.

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RESOLUCION N° 372-2023-MINEM-CM

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