Resolución Administrativa N.° 494-2021-MINEM/CM

10 de diciembre de 2021

ARTICULO 1.- Declarar infundado el recurso de revisión presentado por Fresnillo Perú S.A.C. contra la resolución de fecha 25 de enero de 2021, de la DGFM, en el extremo de los artículos 2 y 4, los que se confirman.
ARTÍCULO 2.- Declarar de oficio la nulidad del artículo 1 de la resolución de fecha 25 de enero de 2021, de la DGFM, que rechaza la oposición presentada por Fresnillo Perú S.A.C. contra David Brany Vargas Loayza y Enver Guillermo Angelino Chiccore respecto del derecho minero “Cristina 5”.
ARTÍCULO 3.- Reponer la causa al estado que la DGFM evalúe si los sujetos de formalización David Brany Vargas Loayza y Enver Guillermo Angelino Chiccore se encuentran o no dentro del área aprobada mediante Resolución Directoral N° 223-2019-MEM/DGAAM, de fecha 10 de diciembre de 2019, que aprueba la DIA del proyecto de exploración Santo Domingo; y, hecho, proceda conforme a ley.
ARTÍCULO 4.- Disponer que la DGFM evalúe y se pronuncie respecto a si los sujetos de formalización señalados en el cuadro 2 del informe que sustenta la resolución impugnada, están o no incumpliendo lo señalado en el literal c) del artículo 3 del Decreto Supremo N° 001-2020-EM; y, hecho, proceda a resolver conforme a ley.
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