Resolución Administrativa N.° 298-2021-MINEM/CM

5 de agosto de 2021

ARTICULO 1.- Declarar infundado el recurso de revisión presentado por Corporación Minera de Ananea S.A. contra la resolución de fecha 03 de febrero de 2021, de la DGFM, que resuelve rechazar la opo0sición presentada por Corporación Minera de Ananea S.A. contra la Cooperativa Minera Metalúrgica de Planta de Beneficio Rinconada Ltda., la que se confirma.
ARTICULO 2.- Disponer que la DGFM, evalué y resuelva, dentro del plazo máximo establecido en el artículo 153 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 y conforme a los documentos que obran en el expediente, si procede o no la revocación del REINFO de la Cooperativa Minera Metalúrgica de Planta de Beneficio Rinconada Ltda., de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 001-2020-EM.
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