Resolución Administrativa N.° 200-2021-MINEM/CM
4 de junio de 2021
Rectificar el error material advertido en la Resolución N° 188-2021-MINEM/CM, al consignarse erróneamente en el punto VI. Conclusión, cuando se dice: “Por lo expuesto, el Consejo de Minería debe declarar infundado el recurso de revisión formulado por Francisco José Nicolini Iglesias contra la resolución de fecha 11 de marzo de 2020…”, debiendo decir: “Por lo expuesto, el Consejo de Minería debe declarar infundado el recurso de revisión formulado por Francisco José Nicolini Iglesias contra la resolución de fecha 26 de agosto de 2020…”; así también en la parte resolutiva se dice: “Declarar infundado el recurso de revisión formulado por Francisco José Nicolini Iglesias contra la resolución de fecha 11 de marzo de 2020…”, debiendo decir: “Declarar infundado el recurso de revisión formulado por Francisco José Nicolini Iglesias contra la resolución de fecha 26 de agosto de 2020…”. Por último, en el voto singular en el punto VI. Conclusión se dice: “Por lo expuesto, mi voto es que se debe declarar la nulidad de la resolución de fecha 11 de marzo de 2020 de la DGFM…”, debiendo decir: “Por lo expuesto, mi voto es que se debe declarar la nulidad de la resolución de fecha 26 de agosto de 2020 de la DGFM…”.