Resolución Ministerial N.° 0130-2017-MEM

31 de marzo de 2017

Artículo 1.- Exceptuar al departamento de Cajamarca del Cumplimiento del artículo 1 del Secreto Supremo Nº 038-2016-EM, para la comercialización y uso de Diesel B5 con un contenido de azufre mayor a 50 ppm.
Artículo 2.- Disponer que la medidas temporal de excepción establecida en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial sea efectiva a partir del día de su publicación y hasta por un plazo de treinta días calendario.

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