Solicitud a la reubicación del punto de monitoreo de calidad de aire E-01 de la unidad Minera Contonga, presentado por NYRSTAR ANCASH S.A.

Informe

1 de junio de 2025

Declárese NO CONFORME la solicitud a la reubicación del punto de monitoreo de calidad de aire E-01 de la unidad Minera Contonga, presentado por NYRSTAR ANCASH S.A. mediante el escrito N° 2344556 de fecha 19 de noviembre de 2013, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 054-2013-PCM y el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 310-2013-MEM/DM.

https://nas2.minem.gob.pe/DGAAM/2344556-EIA/2344556.pdf

La solicitud a la reubicación del punto de monitoreo de calidad de aire E-01 de la unidad Minera Contonga se encuentra en formato de documento portátil (en PDF)

Esta publicación pertenece al compendio Instrumento de Gestión Ambiental - DGAAM

Vista preliminar de documento RD_504_2013_MEM_AAM

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