Comunicado de la Dirección General de Minería: Reactivación de las actividades mineras
Informe
6 de mayo de 2020
Reactivación de las actividades mineras
El Ministerio de Energía y Minas comunica a los titulares de las actividades mineras que el marco de la reactivación de la industria minera dispuesta por el Decreto Supremo N° 080-2020-PCM, se han aprobado las siguientes disposiciones:
- Resolución Ministerial N° 128-2020-MINEM/DM, que aprueba el “Protocolo Sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID - 19 en las actividades del Subsector Minería, el Subsector Hidrocarburos y el Subsector Electricidad”;
- Resolución Ministerial N° 129-2020-MINEM/DM, que aprueba los “Criterios de focalización territorial” a ser aplicados en la “Reanudación de Actividades” de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería, y proyectos en construcción.
En ese sentido, con la finalidad de reactivar sus actividades, las empresas mineras que cumplan con los criterios exigidos por las referidas disposiciones deberán realizar las siguientes acciones:
- El Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID – 19 en el trabajo, debe ser aprobado por su respectivo Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (CSST).
- Luego, remitirlo al correo electrónico plandevigilanciaminero@minem.gob.pe para la verificación de su estructura y contenido mínimo y,
- Finalmente, el titular minero lo remitirá al MINSA a través del INS para las acciones pertinentes en el marco del Sistema Integrado para COVID – 19 (SICOVID-19).
Lima, 06 de mayo de 2020.