Explotación Minera por Labores Subterraneas
Infografía
1 de diciembre de 2013
El artículo 75 del Reglamento de Procedimientos mineros que fue incorporado mediante Decreto Supremo N° 020-2012-EM (Publicado en el Diario Oficial El Peruano en fecha 06 de junio de 2012), establece en el numeral 2 el procedimiento para el inicio o reinicio de las actividades de desarrollo, preparación y explotación (incluye plan de minado y botaderos).
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