Comunicado

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Oficina de Prensa

17 de noviembre de 2022 - 5:52 p. m.

Ante el anuncio de huelga de hambre realizado por el Sindicato Unitario de Trabajadores en la Educación del Perú (SUTEP), el Ministerio de Educación (Minedu) comunica lo siguiente:

Mediante Resolución de Secretaría General N.o 199-2022-MINEDU, se declara improcedente la comunicación de huelga de hambre presentada por el SUTEP, por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 18 del reglamento de la Ley 28988, Ley que declara a la Educación Básica Regular como servicio público esencial, aprobado por Decreto Supremo N.o 017-2007-ED.

En ese sentido, el Minedu verificó que el SUTEP no ha cumplido con comunicar la huelga con 10 días de anticipación ni especificado la duración de esta. Tampoco ha acreditado la voluntad mayoritaria para la adopción de dicho acuerdo y que este haya sido ratificado por las bases.

Además, el SUTEP no ha presentado el acta de acuerdo de acatamiento de huelga certificada por notario público o juez de paz; así como la nómina del personal que asegure la continuidad de la prestación del servicio y el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de los miembros de la junta directiva.

Por lo expuesto, la resolución antes señalada dispone que, en caso de que los docentes paralicen sus labores, las direcciones regionales de Educación (DRE) o las unidades de gestión educativa local (UGEL) procedan al descuento de la remuneración por día no laborado, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 23 del mencionado reglamento.
 
Cabe resaltar que la Ley 28988 declara a la Educación Básica Regular como un servicio público esencial con el fin de garantizar el pleno ejercicio del derecho fundamental de la persona a la educación, derecho reconocido en la Constitución Política, en la Ley General de Educación y en los pactos internacionales suscritos por el Estado peruano. 


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